El Partido X denuncia irregularidades electorales y llama a la acción por el #20D – #VotoSecreto

El voto ya no es secreto: los partidos políticos tienen acceso a los datos identificativos y domicilio de quiénes han votado y quiénes se han abstenido en los elecciones, lo que significa, por ejemplo, que el voto secreto no está garantizado en los colegios electorales y que usted podría ser incluido en listas negras. Es una de las graves denuncias que ha lanzado el Partido X, al tiempo que ha hecho un llamamiento a la acción: por el #20D – #VotoSecreto.

El proyecto del Partido X, pionero en muchas de las innovaciones que han influido en las prácticas políticas en España, nació como un método, con el objetivo de acabar con el monopolio que ejercen los partidos sobre nuestra vida política y conseguir una verdadera democracia mediante mecanismos concretos para que los ciudadanos controlemos nuestras instituciones. Entre otras cosas, puso en marcha el Buzón ciudadano para denunciar la corrupción y abrió la caja de los truenos contra Bankia y Rodrigo Rato.

Ahora, a tres días de las elecciones del 20-D, el Partido X ha denunciado graves irregularidades con el censo electoral que, tal y como está, no garantiza que el voto sea realmente secreto, y ha pedido a la ciudadanía que actúe durante la jornada electoral para que se respeten sus derechos: «El problema de falta de democracia no se soluciona con la victoria de un partido concreto si no es acompañada de una ciudadanía activa vigilando sus instituciones».

Según esta fuerza ciudadana, el ciclo electoral de 2015 concluye este 20 de diciembre con unas elecciones generales marcadas por graves irregularidades impropias de una democracia. Recogiendo los informes de observadores internacionales de la OSCE, «en las elecciones españolas no se respeta algo tan básico como el derecho a voto secreto». Y ello por las siguientes razones:

  • Los partidos políticos tienen acceso a los datos identificativos y domicilio de quién ha votado y quién se ha abstenido.
  • El Voto secreto no está garantizado en los colegios electorales.
  • Persiste la perjudicial costumbre en todos los grandes partidos del envío al hogar de papeletas en sobres preparados.
  • Las papeletas son destruidas por lo que no existe posibilidad de verificación de los resultados electorales.

Uno de los mecanismos, garantías y requisitos básicos de una democracia que no se ha cumplido en nuestro Estado y que se volverá a incumplir este 20-D es el voto secreto y no condicionado. Esta grave deficiencia ha sido verificada por los observadores internacionales de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) en su reciente informe al que hemos aportado nuestras constataciones sobre las pasadas elecciones europeas.

# Los partidos políticos saben quién ha votado y quién se ha abstenido… y dónde y con quién vives

Partidos políticos y Administración conocen y pueden conservar los datos (nombre, DNI, edad y domicilio) de las personas que han acudido o no a votar el día de las elecciones y saben con quiénes convivimos como lo demuestra el hecho de que algunos partidos envían un único sobre de propaganda, no uno para cada persona, con los nombres de todos los miembros del hogar o de cualquier unidad residencial colectiva.

Las listas del censo de votantes se proveen según ley a los interventores de los partidos antes de cada campaña electoral y, el día de las elecciones, a cada una de las mesas electorales, en las que los partidos están presentes, para que se verifique la inclusión en el censo y marquen en ella a cada votante (evitando así un posible doble voto). Este 20-D, cuando votes, puedes fijarte en cómo estos interventores te señalan en sus listas.

Estas listas podrían usarse, en el menos malo de los casos, para técnicas de marketing electoral «individualizadas», y en el peor, para la localización y el acoso de personas. Esta irregularidad puede permitir la localización de un votante a partidos minoritarios que viva dentro de una o pocas manzanas de casas o edificios (una sección electoral).

A pesar de esto, no existe norma legal que obligue a su destrucción: la Agencia Española de Protección de Datos no tiene competencia legal sobre datos electorales, pero emitió un informe en 2014 afirmando que estas listas deberían ser destruidas por los partidos al terminar la campaña electoral.

Solo se puede solicitar dejar de aparecer en estas listas si se demuestra suficientemente que se es «objeto de amenazas o coacciones que pongan en peligro tu vida, integridad física o libertad», es decir, sólo se puede actuar individualmente y cuando un gran daño ya esté hecho.

También consta a quién avalaste. La Administración puede conservar el dato personal sobre a quién diste tu único aval a una candidatura para poder presentarse a las elecciones en tu circunscripción provincial: al ser un solo aval el permitido por cada ciudadano, puede considerarse una declaración explícita del voto, siendo como mínimo una evidente declaración de tendencia o simpatía, lo que contraviene su secreto y es una vulneración de un dato de carácter personal.

Toda esa información se revisa por parte de la Oficina del Censo Electoral y tampoco se ha regulado su confidencialidad y necesidad de destrucción (este asunto no se rige por la Ley Orgánica de Protección de Datos sino por la legislación electoral).

# El Voto secreto no está garantizado en los colegios electorales

La OSCE detectó en las elecciones generales de 2008 y 2011 que el secreto de voto no había sido respetado, ya que los votantes rara vez utilizaban las cabinas de votación, al no ser de uso obligado y por estos otros diferentes factores:

«En general, el sistema de votación y la organización de los colegios electorales no parecían facilitar el secreto del voto (…)

  • Primero, los colegios electorales no fomentan el uso de las cabinas y no había carteles que animaran a los votantes a votar en secreto.
  • Segundo, las papeletas y los sobres estaban dispuestos en montones (…). Los votantes podían coger las papeletas libremente e introducirlas en el sobre (o marcar la papeleta al Senado) a la vista de los interventores de los partidos, los miembros de las mesas electorales o de otros votantes.
  • Tercero, parecía que era habitual que sólo hubiera una o dos cabinas de votación para cada mesa electoral o, en algunos casos, para varias mesas.
  • Cuarto, aunque la ley especifica que las cabinas deben contener papeletas y sobres, esto no se cumplió de manera uniforme (…) con frecuencia las cabinas carecían de este material en los colegios electorales visitados.

 

 

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