Caos y miseria en la dependencia: hasta año y medio para tramitar un expediente

En 2019 el número de personas en espera de algún procedimiento de dependencia se ha incrementado en más de un 10%, alcanzando actualmente la cifra de 423.000. Mientras tanto, el tiempo medio de tramitación de un expediente es de 426 días, aunque en cuatro comunidades se superan los 18 meses. Son los datos escalofriantes recopilados por la Asociación Estatal de Directores y Gerentes en Servicios Sociales; datos que ponen relieve cómo los gobiernos incumplen las normas sobre dependencia.

El borrador de la nueva estadística del IMSERSO -fruto del compromiso de transparencia integrado en el Pacto de Estado por la dependencia- presenta datos de alto interés. Tras la reunión el pasado 2 de octubre de la Comisión Delegada del Sistema, el IMSERSO h a las Comunidades Autónomas el borrador de la nueva estadística del SISAAD, realizada con datos a 30 de junio de 2019. Una de las novedades es la incorporación del dato de los tiempos medios de tramitación de los expedientes.

Por normativa, el plazo máximo para resolver un expediente se sitúa en seis meses (180 días) y solo hay cuatro territorios por debajo o cercanos a ese margen en sus promedios: las ciudades de Ceuta (70 días) y Melilla (170); el País Vasco (137); Navarra (155) y Castilla y León (191). En el otro extremo estarían Canarias (785 días); Extremadura (675); Andalucía (621), y la Cataluña gobernada por el separatista Joaquim Torra (576 días por término medio).

De esos datos se obtiene el siguiente cuadro, que expresa el tiempo medio (en número de días) de tramitación de expedientes de dependencia desde la solicitud hasta la resolución de prestación (Tiempo calculado sobre las Resoluciones realizadas entre 1 de julio de 2018 y 30 de junio de 2019).

Gráfico 1. Elaboración Observatorio. Fuente de datos: Estadística del SISAAD para Comisión Delegada de 02.10.2019 (borrador de propuesta).

Estos datos explican que, a pesar del incremento paulatino del número de atendidos de los últimos dos años, el ritmo sea claramente insuficiente para absorber la demanda de valoraciones y atenciones. En 2019 (hasta noviembre) se ha incrementado el número de personas en espera de valoración de grado de dependencia y en espera de atención mediante servicios o prestaciones hasta llegar a las 423.000 personas pendientes de algún trámite, más de la mitad de las cuáles son andaluzas (123.000) o catalanas (103.000).

Vemos, por primera vez desde 2016, que el número de personas con derecho reconocido en espera de atención ha aumentado. Los motivos de estos graves retrasos, después de trece años de implantación de la Ley, son múltiples pero el Observatorio de la Dependencia apunta dos fundamentales:

  • – Los sucesivos recortes sufridos en la financiación de la Ley (aún vigentes) que afectaron gravísimamente a la etapa de despliegue, generando enormes bolsas de desatención gracias a la rechazable vía de no resolver los procedimientos por parte de las administraciones.
  • – El entramado burocrático creado por las administraciones que, lejos de garantizar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, se convierte en una trampa mortal para el acceso al disfrute de prestaciones y servicios. La mayoría de comunidades autónomas establecen dos procedimientos administrativos encadenados (resolución del grado de dependencia y resolución de prestación o servicio que disfrutará la persona). Muchas veces, para cuando llegan tales resoluciones, la situación de la persona ha cambiado tanto que hay que volver a empezar revisando su grado o sus prestaciones.

Ante estas dos estrategias poco puede hacer el ciudadano afectado y más cuando ante la demora injusta solo le queda acudir a la tutela judicial por la vía contenciosa-administrativa (lenta, farragosa y costosa) y no por la de la jurisdicción social gracias al mantenido incumplimiento de las Cortes de su mandato legal de trasladar estos asuntos a dicha jurisdicción (Disposición Final Séptima de la Ley 36/2011 reguladora de la jurisdicción social).

Fallecimientos sin haber podido acceder al ejercicio de derechos

Entre las consecuencias de lo expuesto resulta especialmente doloroso que haya personas con derecho efectivo (con algún grado de dependencia reconocido) que fallecen antes de haber recibido servicios o prestaciones.

El Observatorio estima que en 2019 esta situación afectó a cerca de 31.000 personas (85 fallecimientos diarios de personas que no llegaron a tiempo de ejercer sus derechos). Hay que tener en cuenta que el 54% de personas solicitantes tiene más de 80 años. Es una forma sin duda cruel de reducir las listas de espera.

Otra consecuencia es que la demora en ofrecer servicios de apoyo para realizar las actividades de la vida diaria supone gravísimos trastornos a las personas dependientes y genera importantísimas sobrecargas familiares, especialmente a las mujeres: el 75% de las personas que prestan cuidados familiares son hijas, madres o parejas.

Intensidades de las prestaciones y servicios

Las prestaciones económicas por cuidados familiares tienen un importe medio mensual de 247 euros (percibidas actualmente por 425.000 personas). Tienen un importe promedio de 140 €/mes para los Grado I; 245 €/mes para los Grado II y 340 €/mes para los Grado III. Todo ello, de nuevo, con importantes diferencias entre territorios.

Las prestaciones económicas vinculadas a la adquisición de un servicio varían mucho en función del mismo, pero presentan importes insuficientes. Baste decir que la prestación vinculada para abonar una plaza de atención residencial oscila en torno a los 550 €/mes. La diferencia entre esta cantidad y el precio realmente abonado por la persona en una residencia (que fácilmente triplicará ese importe) constituye un “segundo copago” o copago invisible.

La Ayuda a Domicilio presenta unas intensidades horarias medias de 17h/mes para los Grado I; de 35 h/mes para los Grado II y de 54h/mes para los Grado III, apenas dos horas y media diarias de lunes a viernes para estos últimos lo que es claramente insuficiente si comprendemos que son personas que necesitan apoyos de forma permanente.

Mejora en cuanto a transparencia

Aunque la nueva estadística propuesta por el IMSERSO contiene muchos datos a revisar o mejorar en su calidad, el Observatorio considera que es un primer paso para que todos los agentes implicados promuevan las mejoras oportunas. “La ciudadanía tiene derecho a conocer la marcha de la gestión de una política pública de esta magnitud de forma que animamos a las Comunidades Autónomas presentes en el Consejo Territorial a que aprueben definitivamente los contenidos de la estadística y su periodicidad”, según afirma el presidente de Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, José Manuel Ramírez Navarro.

TABLA DE SITUACIÓN DE CASOS EN TRAMITACIÓN, DÍAS PROMEDIO DE GESTIÓN DE EXPEDIENTE Y “LIMBO” DE LA DEPENDENCIA POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

Fuente: Elaboración del Observatorio. Los datos de las columnas I, II y III provienen de detraer solicitantes de valorados y personas con derecho reconocido respecto a personas con PIA con datos SISAAD de las estadística oficial con el último dato disponible (30 de noviembre de 2019).

Los datos de la columna V son el resultado de obtener el número de desatendidos (personas con derecho a atención pero sin PIA) y relacionarlo con el total de personas atendidas.

Los datos de la columna IV son resultado de la hipótesis realizada por el Observatorio de desanonimización de los datos contenidos en el borrador de la nueva estadística (datos a 30 de junio de 2019) combinando los datos de la tabla contenida en la página 10 de la estadística remitida a las CCAA, las trayectorias de solicitudes, valoraciones y PIA de cada Comunidad Autónoma y los modelos de gestión (estructura de valoración; una o dos resoluciones, etc.).

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