Garzón se libra de la Unión de Oficiales: el Supremo no halla delito en sus declaraciones, aunque sí «excesos verbales»

El Gobierno dice que las concertinas son legales y que las mantendrá en las fronteras de Ceuta y Melilla.

El Gobierno dice que las concertinas son legales y que las mantendrá en las fronteras de Ceuta y Melilla.

El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada por la Asociación Unión de Oficiales de la Guardia Civil Profesional contra el diputado de IU Alberto Garzón Espinosa por ‘proferir injurias o calumnias contra las Instituciones del Estado’ y por ‘injurias graves’ hechas con publicidad al Gobierno de la Nación y a la Guardia Civil (artículo 504.1 y 2 Código Penal). Durante un mitin celebrado el pasado 20 de abril de 2015 en Salamanca, Garzón afirmó que «éste es el mismo Gobierno que mientras mandaba a la Guardia Civil a asesinar inmigrantes en la valla de Melilla… aprobaba una Ley de Extranjería que otorgaba permiso de residencia para extranjeros que comprasen viviendas de más de medio millón de euros».

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro, señala que cuando el querellado pronunció la frase conflictiva estaba dando un mitin electoral y sus palabras tenían como objetivo enfatizar las diferencias con que eran tratados los inmigrantes sin medios económicos y los extranjeros pudientes que realizaban inversiones en España. La Sala destaca que aunque los términos en los que se expresó el diputado son «innecesariamente duros», sin embargo, sus «excesos» han de ser entendidos como una forma de resaltar el mero contraste de criterios políticos en el ámbito de la inmigración, jugando para ello con el resultado de los incidentes que habían tenido lugar en la valla de Melilla (muerte de inmigrantes).

El Tribunal Supremo considera que la queja de la parte querellante es comprensible, pero señala que «no cabe subsumir en la norma penal el exceso verbal con fines políticos realizado en medio de un discurso de una campaña electoral, pues ello nos llevaría a la penalización de los numerosos excesos retóricos de los mítines electorales, con todas las consecuencias que ello determinaría en un ámbito en que debe primar la libertad de expresión e información».

 

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