El Constitucional desestima el recurso de Cuixart y ‘avisa’ así a Sánchez sobre la posible ‘ilegalidad’ de los indultos

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por el secesionista Jordi Cuixart i Navarro,  condenado por el Tribunal Supremo por sedición, dando así otro serio ‘aviso’ al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sobre la no viabilidad de los indultos a los golpistas catalanistas. Esta sentencia, adoptada por mayoría, se suma al informe del Tribunal Supremo en contra de los indultos y abre la posibilidad de acciones judiciales contra Sánchez y su Gobierno si persisten en sus tesis.

En una nota hecha pública este miércoles, 2 de junio, el Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por Jordi Cuixart i Navarro contra la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo, de fecha de 14 de octubre de 2019, que le condenó a la pena de 9 años de prisión e inhabilitación absoluta por un delito de sedición.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el presidente del Tribunal, Juan José González Rivas, además de abundar en pronunciamientos anteriores, considera, entre otras cuestiones, que la conducta del recurrente, al promover la oposición material a la ejecución policial de las decisiones del Tribunal Constitucional y de otros tribunales, no constituyó ejercicio legítimo de los derechos y libertades de expresión y reunión, y que su condena penal, por delito de sedición del art. 544 del Código Penal, cumple con las normas constitucionales.

En respuesta, aparentemente, a lo que afirma el principal defensor de los golpistas, Pedro Sánchez, quien repite machaconamente que no hay que confundir ‘justicia’ con ‘venganza’, el Tribunal Constitucional, máximo garante de los derechos y deberes de todos los españoles, subraya que la sentencia del Supremo contra los golpistas secesionistas no obedece a una finalidad espuria de persecución o castigo por su posición política o ideológica.

La sentencia cuenta con los votos particulares del magistrado Juan Antonio Xiol y de la magistrada María Luisa Balaguer.

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